Moto con cobertura de robo

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domingo, 8 de noviembre de 2009

ART: aumentarán las cuotas al subir los topes indemnizatorios

Los puntos principales de la norma legal determinan que se puso "un piso indemnizatorio a los efectos del cálculo de la reparación de $180.000", dijo, y resaltó que antes no existía " por lo que los trabajadores de bajos salarios o bajo porcentaje de incapacidad tenían una reparación insuficiente".


"Se aumentó asimismo la prestación adicional, antes fijada en $30.000, $40.000 y $50.000 que pasa a $80.000, $100.000 y $120.000, lo que significa un incremento del 160%", señaló Tomada.

Desde el ministerio de Trabajo dijeron que las ART no pueden modificar las alícuotas de los contratos vigentes que en su mayoría vencen a mediados de 2010.

La decisión oficial determina asimismo que "los salarios que se abonen durante el período de incapacidad serán ahora calculados de la misma forma que la Ley de Contrato de Trabajo" por lo que "el trabajador durante el período de recuperación va a percibir lo mismo que si estuviera trabajando".

Además, el decreto dispuso un Registro de Proveedores Médicos para que la Superintendencia de Riesgos de Trabajo lleve un control más certero sobre las prestaciones, la bancarización de todas las indemnizaciones y la exclusión del pago del impuesto al cheque en estos casos.

Asimismo, mejoró el acceso de familiares del accidentado al pago.

Tomada resaltó especialmente que la norma legal impulsa medidas para "reducir los costos que puedan incidir en la alícuota".

"Aspiramos a que la alícuota permanezca lo mas cercana a los valores actuales y las pactadas en los contratos vigentes deben permanecer en el nivel de lo acordado al momento de firmar", insistió el ministro.

En otro orden, el decreto impulsa "facilitar la formación de Mutuas sin fines de lucro de trabajadores, de empleadores o conjuntas".

Habilita también "a la Superintendencia de Salud a disponerlas normas y las metodologías para que los empleadores puedan acceder a un seguro adicional por responsabilidad civil para enfrentar alas demandas que pudieran subsistir", dijo el ministro.

Tomada adelantó también que la próxima semana incorporará a la protección de la ley de ART tres enfermedades (várices, hernia y lumbalgia) no contempladas en la actual legislación.

Efectos contraproducentes

En tanto, la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) advirtió que el decreto que modifica aspectos del régimen del sector tendrá efectos "contraproducentes" entre los que destacó el aumento del nivel de las alícuotas, a consecuencia del incremento de las prestaciones dinerarias.

La entidad indicó en un comunicado que "no puede dejar de compartir algunos considerandos del decreto, en particular aquellos relacionados con la protección de los trabajadores y sus beneficios para el caso de accidentes y enfermedades laborales", además de "la mención hecha a la generación de un marco de paz social".

"Sin embargo, debe advertirse que durante el tiempo que transcurra hasta lograr un consenso necesario para una reforma a la ley vigente, los efectos que produce la ausencia de la misma son contraproducentes para dichos sujetos protegidos y para la citada previsibilidad empresaria mencionada en dichos considerandos", explicó.

Se estima que en la actualidad hay más de 700.000 empresas aseguradas en distintas aseguradoras que cubren a 7,7 millones de trabajadores. En promedio -dependiendo del tamaño y la actividad de la firma- pagan $60 por mes por trabajador.

La UART aseguró que "el aumento de las prestaciones dinerarias que se produce implicará el correlato en el nivel de la alícuota con el que se financia el sistema, aspirando a la conservación de la calidad prestacional y solvencia con que se brindan los beneficios".

La entidad finalizó indicando que las ART "contribuirán en el marco de su misión, derechos y obligaciones, a la aplicación de la presente reforma".

domingo, 18 de octubre de 2009

Chevrolet Agile

El nombre que llevará el nuevo compacto de Chevrolet se hizo público como Chevrolet Agile y estará disponible hacia fines de 2009 en el mercado local. Este nombre fue develedo hoy por Chevrolet a través del sitio www.chevroletagile.com.ar creado especialmente para promocionar este vehículo.


El desarrollo de este modelo ha sido inspirado en el prototipo GPixque que fue presentado oficilamente en el Salón de San Pablo el año pasado.

ÁGILE es el nombre del nuevo modelo de Chevrolet que será lanzado al mercado en el último trimestre de 2009 en la región Mercosur. La palabra ÁGILE (que significa ágil en varios idiomas) representa la perfecta combinación entre balance, resistencia, velocidad y coordinación. Totalmente nuevo, el Chevrolet ÁGILE es el lanzamiento más esperado de este año y se distinguirá por su diseño exterior, espacio interior, además de la tecnología y la comodidad que ofrecerá a sus ocupantes.

ÁGILE está inspirado en el concept car Chevrolet GPiX (G de Global y PiX, de Picture, es decir imagen global) que fue desarrollado en el Centro de Diseño de GM Mercosur y presentado en el pasado Salón del Automóvil de San Pablo. Dicho concept car está basado en una nueva arquitectura llamada Viva y fue parte de una búsqueda de nuevos modelos para ampliar la gama de compactos de Chevrolet. Asimismo, esta arquitectura constituye la base para este primer modelo que se fabricará en el Complejo Automotor que posee la empresa en Argentina.

ÁGILE es el símbolo de los nuevos vehículos Chevrolet; implica rapidez, dinamismo y flexibilidad, cualidades propias de una nueva GM que está naciendo. Refleja el espíritu joven de la audiencia a la que estará dirigido este auto.

El Chevrolet ÁGILE representa la pasión, el esfuerzo y el orgullo de todos los empleados de GM en el país, ya que se trata de un auto moderno, que apunta al segmento intermedio y que permitirá un gran ahorro de combustible.

martes, 22 de septiembre de 2009

Condena a farmacia por embarazo no deseado


Error en receta de anticonceptivos


La Audiencia de Sevilla ha condenado a un farmacéutico a pagar € 5.135 a una pareja que tuvo un bebé como consecuencia de una negligencia profesional al expedir un tratamiento anticonceptivo, si bien ha rechazado que la indemnización se amplíe a todos los gastos de crianza del hijo.

La Sección Octava de la Audiencia, en una sentencia fija la indemnización para la pareja en € 5.135 euros por la "zozobra" causada por el embarazo y la "afrenta a su voluntad" de no tener más hijos.

Sin embargo, los jueces rechazan ampliar la indemnización a todos los gastos de crianza y educación del niño porque entienden que "el nacimiento de un nuevo hijo, en principio, es un bien potencial, no solo familiar sino social".

Además, al pedir una indemnización por el "lucro cesante" y la totalidad de gastos que conllevará la educación del hijo, los demandantes "no tienen en cuenta los beneficios, incluso económicos aunque éstos no sean los más importantes, que ha de producir el nuevo ser".

La Audiencia, por tanto, ha confirmado en todos sus extremos la sentencia de un juzgado de Osuna, que condenó al titular de una farmacia como responsable de una "negligencia" al dispensar un tratamiento anticonceptivo -cuya naturaleza no precisa el fallo- que resultó ineficaz y dio lugar a un embarazo no deseado.

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