Moto con cobertura de robo

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martes, 11 de mayo de 2010

Resonante caso de Mala Praxis en España

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Alcoi ha condenado a un ginecólogo a indemnizar con 945.858 euros a una mujer por una negligencia en un tratamiento de inseminación artificial. La mujer sufre desde la intervención una tetraparesia por mielitis (parálisis en las extremidades por inflamación de la médula espinal). En la actualidad, tiene reconocido un grado de minusvalía del 75%, según una evaluación de la Consejería de Bienestar Social. La sentencia fija una de las mayores indemnizaciones conocidas en España para este tipo de intervenciones, según asegura la Asociación del Defensor del Paciente, entidad que ha coordinado la acción judicial de la afectada.
El fallo judicial relata que C. A. C., de 35 años, se sometió a un tratamiento de inseminación artificial en la clínica del ginecólogo J. C. P. V. en abril de 2005. Según la sentencia, la errónea administración de la hormona HCG (estimuladora de la ovulación) provocó las lesiones a la paciente.
Este extremo ya se recogía en otra sentencia previa de la Audiencia de Alicante, que falló en octubre de 2007 que el uso de la hormona provocó en la paciente "un proceso agudo de naturaleza isquémica sobre una lesión medular preexistente" que el ginecólogo debería haber tenido en cuenta a la hora de administrar el producto. En su fallo, la Audiencia se limitó a constatar el error médico y difirió a otro proceso la cuantificación de la indemnización.
El juzgado de Alcoi ha fijado ahora esa indemnización de casi un millón de euros por las lesiones, daños morales y gastos médicos. El fallo es recurrible. Carmen Flores, presidenta de El Defensor del Paciente, ha calificado la sentencia de 'muy importante" y "una de las más altas que se reconoce en España para un caso de negligencia médica en una intervención de inseminación artificial". Flores destaca también que el juez ha rechazado limitar la indemnización por existir una patología previa.

lunes, 15 de febrero de 2010

Quien paga mal, paga dos veces

Cuando se contrata una póliza de seguros, es obligación del asegurado el pago del premio como primera contraprestación a su cargo para obligar a la aseguradora al cumplimiento de sus responsabilidades en caso de siniestro. El pago del premio más recargos debe hacerse en forma correcta, es decir, pagarle a la aseguradora o a quien ésta habilite para el cobro. El productor de seguros puede o no ser la persona idónea para ello. Depende, si fue autorizado por la aseguradora.
Dicho productor de seguros debe entregar o girar a la entidad aseguradora -cuando no esté expresamente autorizado a cobrar por la misma- el importe de las primas recibidas del asegurado en un plazo que no podrá ser superior a 72 horas. Si por el contrario, el productor de seguros estuviere autorizado por el asegurador a cobrar las primas de seguros, entregarán o girarán al mismo, quincenalmente, el importe de los premios que perciban, el día 15 y el último día de cada mes. En caso de ocurrir el vencimiento en día inhábil la entrega o giro referido se efectuará el primer día hábil siguiente. Para la Ley de Seguros, el productor sólo está autorizado al cobro de la prima cuando se halla en posesión de un recibo emitido por el asegurador. Conforme a lo previsto por la citada ley, se restringe el mandato tácito o aparente como surge del art. 1874 del Código Civil. Esto significa que el asegurado debe pagar el precio del seguro a la aseguradora en sus distintos medios y forma de cobranza, o bien, en la persona debidamente autorizada, contra entrega del recibo de la aseguradora.
Los recibos de pago emitidos por un productor de seguros sin facultades de la aseguradora no es causa suficiente como para entender por cancelada la obligación del pago del premio y sólo así corresponde cuando el pago ingresa a la compañía. Es fundamental que el asegurado sepa que está pagando el precio del premio en forma correcta, es decir, a la persona autorizada para ello, en tiempo oportuno y por el valor que corresponda. En caso contrario, quien paga mal paga dos veces.

TEXTUAL
“Para la Ley de Seguros, el productor sólo está autorizado al cobro de la prima cuando se halla en posesión de un recibo emitido por el asegurador. Conforme a lo previsto por la citada ley, se restringe el mandato tácito o aparente como surge del art. 1874 del Código Civil. Esto significa que el asegurado debe pagar el precio del seguro a la aseguradora en sus distintos medios y forma de cobranza, o bien, en la persona debidamente autorizada, contra entrega del recibo de la aseguradora”.


Carlos Tagliaferr, Abogado especialista en Seguros.

jueves, 14 de enero de 2010

Ford Focus 2011, se presenta en Detroit 2010

El nuevo compacto global del óvalo ofrecerá diseño atractivo y mucha tecnología para ganar más adeptos en todo el mundo.

La marca del óvalo se encuentra en un momento innmejorable. En el marco de la inauguración del Salón de Detroit en su edición 2010, se llevó los reconocimientos de auto y camioneta del año 2010 con su Fusion Híbrido y su Transit Connect respectivamente. Adicionalmente ha presentado el totalmente nuevo Focus 2011, el primer compacto global del fabricante que se comercializará bajo plataforma común en todos los mercados.


Esta nueva plataforma global servirá de base para 10 modelos diferentes y proporcionará una economía de escala de unas 2 millones de unidades anuales para Ford. El Focus de nueva generación es además un vehículo lleno de nuevas tecnologías como la transmisión automática de doble embrague y seis relaciones, motor 2.0 litros de inyección directa y apertura variable de válvulas, que adicionalmente se verá complementado por uno con Ecoboost turbo de 1.6 litros.

En el caso de las tecnologías de a bordo, el Focus ofecerá lo último disponible en el consorcio, como el MyFord Touch, sistema de info - entretenimiento de nueva generación, cámara de visión trasera, Dynamic Corneringque permite distribuir el torque entre una y otra rueda, entre bastantes características interesantes más.

El nuevo Focus 2011 iniciará su producción en Norteamérica a finales de 2010 y llegará a inicios de 2011 a los pisos de venta en configuraciones hatchback y sedán.

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